Los turistas argentinos sólo podrán ingresar a España si recibieron las dos dosis de alguna de las vacunas contra el coronavirus admitidas por la Unión Europea (UE) o la Organización Mundial de la Salud, que no pueden ser combinadas con otra no aprobada, y tras al menos dos semanas de la última aplicación y sin requisito de cuarentena. En concreto, quiénes pueden viajar:
- Los titulares de pasaporte europeo, presentando un certificado de vacunación, de diagnóstico negativo PCR o un certificado médico de recuperación. A tener en cuenta sobre el certificado de recuperación: “Se aceptarán como válidos los expedidos por la autoridad competente o por un servicio médico como mínimo 11 días después de la realización de la primera prueba diagnóstica NAAT con resultado positivo. La validez del certificado finalizará a los 180 días a partir de la fecha de la toma de la muestra”.
- Las personas vacunadas con Pfizer, Moderna, Astra-Zeneca, Jansen/Johnson&Johnson, Sinovac o Sinopharm presentando un certificado de vacunación, en el que conste que trascurrieron 14 días desde que esa persona recibió la pauta completa.
- Otras personas que, sin estar vacunados en las condiciones exigidas, se encuentren en alguno de los supuestos excepcionales en los que, contando con la correspondiente autorización del Consulado General de España en Buenos Aires, está permitido viajar (razones humanitarias, laborales, académicas) presentando un certificado de diagnóstico negativo PCR o un certificado médico de recuperación.